3 de septiembre de 2021 In Derecho Concursal, Despacho

La Abogacía se opone a la exclusión del abogado en el procedimiento para microempresas previsto en el Anteproyecto de la Ley Concursal

El Consejo General de la Abogacía ha remitido al Ministerio de Justicia sus alegaciones al Anteproyecto de Reforma de la Ley Concursal, haciendo especial hincapié en la exclusión de la intervención del abogado en el procedimiento de los concursos de acreedores para microempresas, a la cual se opone frontalmente. AVANTLEX Abogados, como despacho especializado en Derecho Concursal, respalda este criterio de la Abogacía por los perjuicios que supone para las personas que necesitan el asesoramiento de un abogado experto en esta materia.

De hecho este procedimiento concursal para microempresas, que incluiría a un colectivo tan vulnerable como  los autónomos, podría generar indefensión al deudor, así como un perjuicio para personas con menos recursos, ya que, sin ser preceptiva la presencia de un abogado, no tendrían derecho a la Justicia Gratuita.

En este sentido, aunque se reconoce que el anteproyecto tiene como objetivo la necesidad de combatir el existente exceso de procesalismo y exceso de judicialización, una finalidad legítima y compartida por la Abogacía, este se pretende conseguir a través de “una reducción de los derechos de asistencia y defensa y en especial de los deudores con menor capacidad económica”.

En este sentido la Abogacía argumenta que el denominado “procedimiento especial para microempresas” excluiría a las mismas de la posibilidad de acceder al concurso de acreedores y a los acuerdos de reestructuración. Este hecho es especialmente grave si se tiene en cuenta que más del 80% de las empresas que han sido declaradas en concurso en nuestro país desde que entró en vigor la Ley Concursal entrarían en esta categoría.

Por ello, la Abogacía alerta de que esto “puede tener graves consecuencias, al no ser preceptiva la intervención letrada en este procedimiento especial ni tampoco la intervención preceptiva de la figura de administrador concursal, salvo en determinados y concretos supuestos”.

Sobre los administradores concursales, la Abogacía considera que “debe mediar una disposición normativa que exima del examen a aquellos administradores concursales cuyo conocimiento y experiencia ya ha quedado sobradamente acreditada”, y también abordarse “el desarrollo normativo del estatuto de la Administración Concursal, como órgano esencial del concurso” y que así “se proporcione de una vez por todas a este órgano esencial la necesaria estabilidad y seguridad jurídica”.

Además, entre otras muchas aportaciones realizadas en colaboración con los Colegios de Abogados, la Abogacía manifiesta su preocupación por las restricciones que contempla el Anteproyecto a la exoneración de la deuda, algo que dificulta el acceso a la Segunda Oportunidad de los particulares.

El pasado 3 de agosto, el Gobierno, a través del Ministerio de Justicia y el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, sacó a trámite de audiencia pública el anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal, con la que se pretende trasponer la directiva europea de reestructuración e insolvencia, entre otros cambios.

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